Normas de drones · España
España
En España se aplica la normativa europea (Reglamento (UE) 2019/947). El operador de un dron de 250 g o más, o con cámara, debe registrarse en AESA y colocar su número en la aeronave. Desde 250 g hace falta la formación en línea A1/A3 de AESA; para volar cerca de personas, el certificado A2. Altura máxima 120 m, vuelo a vista, y hay que consultar el mapa de ENAIRE Drones antes de cada vuelo.
Lo esencial
- Registro
- Operador en AESA para drones de 250 g o más, o con cámara (salvo juguetes). Número de operador visible en la aeronave
- Formación
- Curso y examen en línea A1/A3 en AESA desde 250 g. Certificado A2 para volar más cerca de personas
- Altura
- 120 m sobre el suelo en categoría abierta
- Zonas
- ENAIRE Drones muestra las zonas geográficas UAS: aeropuertos, núcleos urbanos, espacios naturales, infraestructuras
- Seguro
- Seguro de responsabilidad civil: exigido para muchas operaciones; consulte AESA para su caso
- Vuelo nocturno
- Permitido en categoría abierta con luz verde intermitente
Antes de volar
- 1Registrarse como operador en AESA y colocar el número en el dron
- 2Superar la formación A1/A3 en línea (desde 250 g); A2 si procede
- 3Consultar ENAIRE Drones para el lugar del vuelo
- 4Contratar el seguro si su operación lo exige
- 5Volar por debajo de 120 m, a vista, lejos de personas no involucradas
Fuentes
Autoridad:Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ↗
Esto es un resumen, no el texto legal. Las normas cambian; confirme con AESA antes de volar.Última comprobación: 2026-09-26